martes, 17 de agosto de 2010

FALSIFICACIONES INFORMÁTICAS

Aquí también se encuentra clasificada la Reproducción no autorizada de programas informáticos de protección legal.

Puede entrañar una pérdida económica sustancial para los propietarios legítimos. Algunas jurisdicciones han tipificado como delito esta clase de actividad y la han sometido a sanciones penales.

El problema ha alcanzado dimensiones transnacionales con el tráfico de esas reproducciones no autorizadas a través de las redes de telecomunicaciones modernas. 

Al respecto, la reproducción no autorizada de programas informáticos no es un delito informático debido a que el bien jurídico por tutelar es la propiedad industrial.

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